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Contrato de arras: qué es y qué pasa si alguien se echa atrás

Arras penitenciales, confirmatorias y penales explicadas para particulares que venden su piso en España, con el art. 1454 del Código Civil y una calculadora de importes. Actualizado en 2026.

Calcule las arras: cuánto se pierde o se devuelve

Valor inicial: 10 %, lo habitual por costumbre, no por ley. Ninguna norma fija el importe; comprador y vendedor lo pactan libremente.

Arras que entrega el comprador
30.000,00 €
Resto a pagar en la escritura (si las arras se imputan al precio)
270.000,00 €

Si son arras penitenciales (art. 1454 del Código Civil)

Desiste el comprador: pierde
30.000,00 €

Usted, como vendedor, se queda con esta cantidad.

Desiste usted (vendedor): devuelve
60.000,00 €

Las arras duplicadas: de su bolsillo pierde 30.000,00 €.

De un vistazo

  • Las arras son la cantidad que el comprador entrega al firmar el contrato de arras, antes de la escritura.
  • Arras penitenciales (art. 1454 CC): si desiste el comprador, las pierde; si desiste el vendedor, las devuelve duplicadas.
  • Confirmatorias y penales no dan esa salida: se puede exigir que se cumpla la venta (orientativo, no verificado en fuente primaria).
  • El importe lo pactan las partes; el 10 % habitual es costumbre, no ley.

Fórmula de las arras penitenciales

  1. Arras = precio × porcentaje pactado.
  2. Desiste el comprador: pierde las arras entregadas.
  3. Desiste el vendedor: devuelve las arras × 2.

Base legal: art. 1454 del Código Civil (BOE-A-1889-4763): «… podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas».

Tipos de arras: penitenciales, confirmatorias y penales

Penitenciales
BaseArt. 1454 CC
Si desiste el compradorPierde las arras
Si desiste el vendedorDevuelve el doble
Nivel de verificaciónTexto legal (BOE)
Confirmatorias
BaseArt. 1124 CC
Si desiste el compradorLa otra parte puede exigir el cumplimiento o resolver con indemnización
Si desiste el vendedorIgual: cumplimiento o resolución con indemnización
Nivel de verificaciónOrientativo, no verificado en fuente primaria
Penales
BasePacto de las partes
Si desiste el compradorPena por incumplir; no libera de cumplir
Si desiste el vendedorEl comprador puede exigir la pena pactada y, además, el cumplimiento
Nivel de verificaciónOrientativo, no verificado en fuente primaria
Escriba «penitenciales» y cite el art. 1454
Si el contrato no dice expresamente que las arras son penitenciales con referencia al art. 1454, los tribunales suelen tratarlas como confirmatorias y no hay salida pactada pagando la señal (orientativo, no verificado en fuente primaria).

Ejemplo: piso de 300.000 € con arras del 10 %

ConceptoCálculoImporte
Arras300.000 € × 10 %30.000 €
Resto en la escritura300.000 € − 30.000 €270.000 €
Desiste el comprador (penitenciales)Pierde las arras30.000 €
Desiste el vendedor (penitenciales)30.000 € × 260.000 €

El resto en la escritura solo es ese si el contrato imputa las arras al precio. Si usted desiste, de los 60.000 € que devuelve, 30.000 € eran del comprador: su pérdida real es de 30.000 €.

¿Cuánto se paga de arras?

Ninguna ley fija un porcentaje. Por costumbre se pacta alrededor del 10 % del precio (costumbre, no ley; no hay fuente primaria que lo establezca). Una cantidad más alta encarece desistir para ambas partes; una más baja lo abarata.

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Modelo de contrato de arras: cláusulas que debe revisar

Lista orientativa de lo que conviene que figure en el contrato:

  1. Identificación de comprador y vendedor (nombre y DNI/NIE).
  2. Descripción del piso con los datos registrales y cargas que figuran en la nota simple.
  3. Precio total de la compraventa.
  4. Importe de las arras y forma de pago.
  5. Tipo de arras, con la mención expresa «arras penitenciales del art. 1454 del Código Civil» si quiere esa salida.
  6. Plazo para firmar la escritura ante notario.
  7. Si las arras se descuentan del precio en la escritura.
  8. Cómo se cancelan las cargas (por ejemplo, la hipoteca pendiente) antes o en la firma.
  9. Reparto de gastos e impuestos de la compraventa.

No enlazamos ningún modelo descargable: un contrato de arras se adapta a cada venta y conviene que lo revise un notario o abogado. Antes de firmar, reúna los documentos para vender el piso y calcule lo que le costará la venta en plusvalía municipal y en el IRPF.

Aviso
Esta página explica la norma y calcula importes de forma orientativa. No redacta su contrato ni es asesoramiento jurídico. Antes de firmar, consulte a un notario o abogado.

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Preguntas frecuentes sobre el contrato de arras

Es el contrato privado que firman comprador y vendedor antes de la escritura: el comprador entrega una cantidad (las arras) para asegurar la compraventa. Según el tipo pactado, esa cantidad funciona como señal que permite desistir (arras penitenciales), como anticipo del precio (confirmatorias) o como pena por incumplimiento (penales). Lo dicho sobre confirmatorias y penales es un criterio orientativo, no verificado en fuente primaria.
Son las del art. 1454 del Código Civil: cualquiera de las partes puede desistir. Si desiste el comprador, pierde las arras; si desiste el vendedor, las devuelve duplicadas. Para que valgan como penitenciales conviene pactarlo de forma expresa con referencia al art. 1454; si no, los tribunales suelen considerarlas confirmatorias (criterio orientativo, no verificado en fuente primaria).
Con arras penitenciales devuelve el doble de lo recibido: con 30.000 € de arras, devuelve 60.000 €. Con arras confirmatorias, el comprador puede exigir el cumplimiento o resolver con indemnización (art. 1124 CC); con penales, puede exigir el cumplimiento además de la pena pactada (orientativo, no verificado en fuente primaria).
Ninguna ley fija el importe. Por costumbre suele rondar el 10 % del precio, pero comprador y vendedor pueden pactar otra cantidad.
Como mínimo: identificación de las partes y del piso (con los datos de la nota simple), precio total, importe y tipo de arras con mención expresa del art. 1454 si son penitenciales, plazo para firmar la escritura, si las arras se descuentan del precio y cómo se reparten los gastos. Revise el borrador con un notario o abogado antes de firmar.

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Eugen Görtz — Fundador y director general, ImmoStage
Escrito por

Eugen Görtz

Fundador y director general, ImmoStage

Eugen Görtz es el fundador de ImmoStage. Antes de fundarla trabajó más de 10 años como jefe de departamento en una empresa industrial, responsable de optimización de procesos, dirección de equipos y digitalización. Esa experiencia operativa se traslada directamente al desarrollo de ImmoStage: soluciones prácticas que funcionan en el día a día.

Más de 10 años como jefe de departamento en la industriaFundador de ImmoStage (2024)Enfoque: home staging virtual con IARGPD y cumplimiento UE
Perfil de LinkedIn
Publicado: 2026-10-15
Actualizado: 2026-10-15
Lectura: 8 min