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Herramienta gratuita

Certificado energético para vender: ¿lo necesito?

Reglas de 2026. Marque su caso y sepa al momento si necesita el certificado, qué debe poner en el anuncio, cuánto cuesta y qué multa arriesga. No hace falta darse de alta: todo se calcula en su navegador.

¿Necesito el certificado energético para vender mi piso?

¿Qué va a hacer con la vivienda?
¿Se da alguno de estos casos? (art. 3.2 RD 390/2021)

Un piso normal en un edificio de viviendas no entra en ninguno de estos casos.

Sí, necesita el certificado energético

  • La letra energética debe aparecer en el anuncio, también si vende como particular (RD 390/2021, art. 15.2 y 17.3).
  • El certificado registrado se anexa al contrato de compraventa (art. 17.2).
  • Lo paga el propietario (RD 390/2021, art. 6.1).
  • Lo emite un técnico certificador y se inscribe en el registro de su comunidad autónoma.
  • Precio orientativo: 65 €–90 € (entre 45 € y 150 €; puede no incluir la tasa de registro autonómica). Fuente secundaria.

Sanciones si no cumple

  • Anunciar la venta sin la letra energéticaleve: 300 €–600 €
  • Vender sin entregar un certificado válidograve: 601 €–1.000 €
  • Anunciar una letra sin certificado registradomuy grave: 1.001 €–6.000 €

El certificado energético no está incluido en el paquete: lo emite un técnico certificador. Mientras tanto puede preparar el dossier y las fotos de su piso.

Crear dossier y fotos

En resumen

  1. Para vender una vivienda necesita el certificado de eficiencia energética (CEE), salvo las excepciones del art. 3.2 del RD 390/2021.
  2. La letra energética tiene que salir en el anuncio desde el primer día, también si vende como particular.
  3. Lo paga usted como propietario; precio orientativo 65 € a 90 €.
  4. Multas de 300 € a 6.000 € según la infracción.

La regla en una línea

Fórmula

Certificado obligatorio = usted vende (o anuncia en venta) la vivienda y no se da ninguna excepción del art. 3.2 del RD 390/2021.

El Real Decreto 390/2021 (BOE-A-2021-9176) exige que la letra energética figure en toda oferta y anuncio de venta, también de particulares (art. 15.2 y 17.3), y que el certificado registrado se anexe al contrato de compraventa (art. 17.2). Las multas están en las disposiciones adicionales 12ª y 13ª del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (BOE-A-2015-11723).

Excepciones: cuándo no necesita el certificado energético

  • Edificio protegido oficialmente (solo en ciertos casos)
  • Construcción provisional de uso previsto ≤ 2 años
  • Edificio independiente (no un piso) de < 50 m²
  • El comprador lo adquiere para demolerlo o para una gran reforma

Un piso que se vende para seguir usándolo como vivienda no entra en ninguna de ellas. Si el comprador lo quiere para demoler o reformar a fondo, la excepción depende de él: el anuncio sigue necesitando la letra.

Ejemplo: piso de segunda mano en venta

Usted vende su piso a un particular y publica el anuncio en un portal. No es un edificio protegido, ni provisional, ni aislado, ni el comprador lo quiere para demoler. Resultado de la herramienta:

PreguntaRespuesta
¿Certificado obligatorio?Sí
¿Letra en el anuncio?Sí, desde el primer anuncio (art. 15.2 y 17.3)
¿Anexo al contrato?Sí, el certificado registrado (art. 17.2)
¿Quién lo paga?El propietario (RD 390/2021, art. 6.1)
¿Dónde?Técnico certificador + registro autonómico
Precio orientativo65 € a 90 € (fuente secundaria)
Multa si anuncia sin letraLeve: 300 € a 600 €

Precio del certificado energético y registro autonómico

Los precios publicados para una vivienda van de 45 € a 150 €; lo más habitual es 65 € a 90 €. Son datos de fuentes secundarias (enlaces en las fuentes de la herramienta), no un precio oficial. Ojo: el precio puede no incluir la tasa de registro autonómica. Cada comunidad autónoma tiene su propio registro y su propia tasa; pregunte al técnico si la inscripción está incluida.

Lo paga el propietario (RD 390/2021, art. 6.1). En la Renta, el coste se resta como gasto de la venta (Ley 35/2006, art. 35.2), igual que la plusvalía municipal o la comisión de agencia.

Validez del certificado

Plazo de validez: no disponible en nuestros datos verificados, así que no le damos una cifra. Mire la fecha de validez que figura en su certificado; si ha caducado, pida uno nuevo antes de publicar el anuncio. El certificado es uno de los documentos para vender un piso; la letra la añade el generador de texto del anuncio.

Multas por anunciar o vender sin certificado energético

InfracciónTipoMulta
Anunciar la venta sin la letra energéticaleve300 € a 600 €
Vender sin entregar un certificado válidograve601 € a 1.000 €
Anunciar una letra sin certificado registradomuy grave1.001 € a 6.000 €

Si el beneficio obtenido supera la multa, esta puede elevarse hasta el importe del beneficio (TRLSRU, DA 13ª).

Para particulares

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En España, una inmobiliaria suele cobrar un 5 % + IVA: con un piso de 300.000 €, son 18.150 €. El paquete particular cuesta 29 €.

Garantía de devolución de 14 días, sin dar explicaciones.

Preguntas frecuentes sobre el certificado energético

Sí, salvo que se dé una excepción del art. 3.2 del RD 390/2021: edificio protegido oficialmente (solo en ciertos casos); construcción provisional de uso previsto ≤ 2 años; edificio independiente (no un piso) de < 50 m²; el comprador lo adquiere para demolerlo o para una gran reforma. La letra energética debe aparecer en el anuncio de venta, también si vende como particular, y el certificado registrado se anexa al contrato de compraventa.
Como orientación, 65 € a 90 € por un piso; los precios publicados van de 45 € a 150 €. Es una cifra de fuentes secundarias, no un precio oficial, y puede no incluir la tasa de registro autonómica. Pregunte al técnico si la tasa está incluida.
El certificado lo emite un técnico certificador y tiene que inscribirse en el registro de su comunidad autónoma. Hasta que esté registrado, no publique la letra en el anuncio: anunciar una letra sin certificado registrado es una infracción muy grave.
Anunciar sin la letra es una infracción leve (300 € a 600 €); vender sin entregar un certificado válido, grave (601 € a 1.000 €); anunciar una letra sin certificado registrado, muy grave (1.001 € a 6.000 €). Si el beneficio obtenido supera la multa, esta puede elevarse hasta ese beneficio (TRLSRU, DA 13ª).
El propietario, es decir, usted como vendedor (RD 390/2021, art. 6.1). En la declaración del IRPF, el coste del certificado se resta del precio de venta como gasto de la venta (Ley del IRPF, art. 35.2).

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Eugen Görtz — Fundador y director general, ImmoStage
Escrito por

Eugen Görtz

Fundador y director general, ImmoStage

Eugen Görtz es el fundador de ImmoStage. Antes de fundarla trabajó más de 10 años como jefe de departamento en una empresa industrial, responsable de optimización de procesos, dirección de equipos y digitalización. Esa experiencia operativa se traslada directamente al desarrollo de ImmoStage: soluciones prácticas que funcionan en el día a día.

Más de 10 años como jefe de departamento en la industriaFundador de ImmoStage (2024)Enfoque: home staging virtual con IARGPD y cumplimiento UE
Perfil de LinkedIn
Publicado: 2026-10-15
Actualizado: 2026-10-15
Lectura: 8 min